Según el juez Ambrose Lewis-Allagoa del Tribunal Superior Federal de Nigeria el lunes, el tribunal ha ratificado la validez de las Regulaciones de Préstamo al Consumidor Digital, Electrónico, en Línea o no Tradicional (DEON) de 2025, pero dictaminó que la Comisión Federal de Competencia y Protección del Consumidor (FCCPC) no tiene autoridad para conceder licencias a operadores de telecomunicaciones ni para supervisar el préstamo de airtime, preservando estas competencias de forma exclusiva con la Comisión de Comunicaciones de Nigeria (NCC).
Los servicios de crédito de airtime y de datos los utilizan aproximadamente 40 millones de nigerianos en un mercado con un valor entre $217,4 millones y $289,9 millones anuales, según la Asociación de Operadores de Telecomunicaciones Licenciados de Nigeria (ALTON). El tribunal afirmó que la “concurrencia regulatoria” significa coexistencia, no desplazamiento, estableciendo que las facultades de protección al consumidor de la FCCPC operan junto con, y no en lugar de, las responsabilidades estatutarias de telecomunicaciones de la NCC.